Limitación a la cesión de bienes en vida a un hijo heredero como alternativa a la desheredación de otro.
En una Sentencia, la Audiencia Provincial de León ha considerado ilegítimas las cesiones de un padre durante su vida.
Había considerado que dichas cesiones tenían como objetivo desprenderse de sus bienes para que uno de sus hijos, el demandante en este caso, heredase lo menos posible.
La sentencia obliga a la heredera, hija del causante y hermana del demandante, a que reponga los bienes que le había cedido su padre en vida, para que se calcule la masa hereditaria.
Con esto la Sala considera ilegal desheredar a uno de los hijos, ya que tiene derecho al tercio legítimo de la herencia.
Con la explicación de esta sentencia queremos mostrar que para desheredar a uno de los herederos legítimos hay que seguir unos trámites, y no es válido deshacerse o ceder los bienes a unos herederos para perjudicar a otro.